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Ley 2/2026: Claves de la reforma de las mutualidades y la nueva pasarela al RETA
La Ley 2/2026 eleva prestaciones y cuotas, refuerza el control y permite transferir al RETA derechos acumulados en mutualidades alternativas.
Nuevo plazo de seis días para comunicar bajas y variaciones a la TGSS (BNR 10/2026)
Tras la publicación del RD 643/2026, que amplía a seis días naturales el plazo para comunicar bajas y variaciones, el BNR 10/2026 de la TGSS informa sobre los aspectos clave del nuevo plazo.
La DGT aclara que el IBI pagado durante años por un inmueble heredado no es deducible para calcular la ganancia en IRPF por venta
La DGT aclara que el IBI pagado durante la titularidad de un inmueble heredado no reduce la ganancia patrimonial por su venta.



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La Seguridad Social aclara cómo solicitar las dos semanas extra por nacimiento y cuidado desde 2026

Según eBNR n.º 11/2025, 26 de noviembre de 2025, a partir del 1 de enero de 2026, las dos semanas adicionales de la prestación por nacimiento y cuidado de menor, introducidas por el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, podrán disfrutarse de manera flexible hasta que el menor cumpla ocho años. Estas semanas adicionales están destinadas exclusivamente a los nacimientos, adopciones, guardas con fines de adopción o acogimientos producidos a partir del 2 de agosto de 2024.

El disfrute de estas semanas podrá realizarse en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, según la voluntad del trabajador. Para solicitar su disfrute, será necesario comunicarlo con una antelación mínima de 15 días respecto al inicio del periodo deseado, y la empresa deberá enviar el correspondiente certificado de empresa al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La solicitud podrá realizarse por medios electrónicos, preferentemente a través del portal "Tu Seguridad Social", ya sea por el propio interesado o por un representante.

Configuración actual del derecho a la prestación económica por nacimiento y cuidado de menor

Se amplía la suspensión del contrato por nacimiento y cuidado del menor hasta un total de 19 semanas para cada progenitor (32 semanas para familias monoparentales). Con efectos del 31/07/2025 el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, ha modificado los apartados 4 y 5 del art. 48 del ET y configura el derecho a la prestación por NYCM:

  • Seis semanas obligatorias tras el nacimiento o resolución judicial de adopción, a jornada completa.
  • Once semanas, de disfrute flexible en periodos semanales (acumulables o interrumpidos), hasta los doce meses del menor.
  • Dos semanas adicionales para el cuidado parental, de disfrute flexible en periodos semanales (acumulables o interrumpidos), hasta que el menor cumpla ocho años. Solo de aplicación a los nacimientos producidos a partir del 2 de agosto de 2024 y efectivos a partir del 1 de enero de 2026.(Este ha sido el aspecto concretado por el BNR n.º 11/2025, 26 de noviembre de 2025).

El art. 178 de la LGSS establece como requisito para ser beneficiario de la prestación por nacimiento y cuidado del menor la necesidad de estar en alta o situación asimilada al alta al inicio de cada periodo de descanso.

 

 









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