lasasesorias
Área Privada
Usuario:
Contraseña:



Actualidad


El Supremo rechaza que la falta de registro horario produzca por sí sola una inversión automática de la carga de la prueba
El Tribunal Supremo aclara que la falta de registro de jornada no acredita por sí sola todas las horas extra si existía un horario fijo prefijado.
Inteligencia artificial y relaciones laborales (V). Despido colectivo por transformación operativa
Análisis técnico del ERE por IA: la «transformación operativa» no es causa autónoma y exige encaje probado en causas ETOP del art. 51 ET. ¿Puede una empresa con beneficios y sin caída de facturación justificar un ERE por llegada de la inteligencia artificial?
Novedades clave de la Campaña de Renta 2025 y su alcance
Examen técnico de las principales novedades normativas de la Campaña de Renta 2025 y de sus efectos prácticos en la autoliquidación del IRPF.



Actualidad Jurídica



Ver más actualidad jurídica

La AN aclara el alcance del permiso retribuido por hospitalización de familiar

La AN aclara el alcance del permiso retribuido por hospitalización de familiar

La SAN n.º 32/2026, de 19 de febrero del 2026, ECLI:ES:AN:2026:591, analiza el permiso retribuido de 5 días del apdo. 3.b) del  art. 37 del Estatuto de los Trabajadores, en concreto cuando el hecho causante es la hospitalización o enfermedad grave de parientes hasta segundo grado (o del cónyuge/pareja de hecho, etc.).

La Sala resuelve dos cuestiones clave: 

1.- Duración del permiso una vez iniciado (primer pedimento – ESTIMADO):

  • Se discute si la empresa puede limitar el permiso a los días de reposo domiciliario prescritos o si el trabajador tiene derecho, en todo caso, a los 5 días completos.
  • La Audiencia Nacional aplica su propia doctrina previa y la del Tribunal Supremo y concluye:
    • El art. 37.3.b) del ET fija taxativamente 5 días de permiso por hospitalización o enfermedad grave; no dice «hasta cinco días», sino «cinco días».
    • El alta hospitalaria del familiar no extingue automáticamente el permiso si no existe alta médica y sigue siendo necesario el cuidado (reposo domiciliario, atención, gestiones derivadas, etc.).
    • Por tanto, una vez iniciado el permiso por hospitalización o enfermedad grave, el trabajador tiene derecho a seguir disfrutándolo hasta completar los cinco días, mientras no haya alta médica de la persona causante.
  • En consecuencia, la sentencia declara el derecho de los trabajadores a continuar disfrutando del permiso por hospitalización o enfermedad grave en tanto no se produzca el alta médica del familiar.

2.- Momento de inicio del permiso tras el alta hospitalaria (segundo pedimento – DESESTIMADO):

  • El sindicato pedía que se reconociera el derecho a iniciar el permiso del art. 37.3.b) en casos en que, habiendo sido ya dado de alta hospitalaria el familiar, persisten los cuidados en domicilio sin alta médica.
  • La Audiencia Nacional examina la doctrina del TS sobre el permiso por hospitalización y el convenio de empresa, y concluye:
    • El hecho causante del permiso por hospitalización es, precisamente, la hospitalización (o la enfermedad grave, o la intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario).
    • Ni el ET ni el convenio crean un permiso autónomo de «cuidados posthospitalarios» desvinculado de la hospitalización.
    • Por ello, el permiso por hospitalización debe iniciarse ligado a la existencia de la hospitalización (o al hecho causante previsto), aunque luego pueda prolongarse más allá del alta hospitalaria si no hay alta médica.
  • En consecuencia, la Sala rechaza que pueda iniciarse el permiso por hospitalización después de haber finalizado la hospitalización, con base exclusiva en la necesidad de cuidados posteriores.

En resumen, respecto del permiso de 5 días por hospitalización de parientes hasta segundo grado:

  • Sí: una vez que el permiso se ha iniciado correctamente, el trabajador tiene derecho a seguir disfrutándolo hasta los 5 días, mientras el familiar no tenga alta médica, aunque ya haya sido dado de alta hospitalaria.
  • No: no se reconoce un derecho a comenzar ese permiso cuando la hospitalización ya terminó y solo subsisten cuidados en domicilio; no se configura como un permiso independiente solo por “cuidados posteriores”.








lasasesorias.com
Copyright © 2026

(0034) 91 708 61 19 (Administración)

(0034) 91 192 68 00 (Atención al Asociado)