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Publicada la orden de la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2026
El BOE del 30 de diciembre de 2025 hace pública la Orden ISM/1547/2025, de 23 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2026. La nueva regulación será aplicable desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026.
El TS reitera doctrina sobre la imposibilidad de fijar una indemnización adicional en casos de despido improcedente
El TS consolidada su doctrina en torno a la indemnización por despido improcedente. Queda descartada, salvo reforma legislativa, cualquier vía judicial para obtener cantidades superiores a la tasada, por daño adicional, invocando tratados internacionales; sólo en despidos nulos por vulneración de derechos fundamentales cabe acudir a reparaciones superiores.
El Tribunal Supremo respalda la legalidad de las diferencias salariales por consolidación profesional
El TS avala el desigual trato retributivo justificado en un sistema de consolidación de niveles que aúna formación, experiencia y evaluación en cada uno de ellos con un plazo máximo de permanencia.



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El Tribunal Supremo respalda la legalidad de las diferencias salariales por consolidación profesional

La STS n.º 1151/2025, de 27 de noviembre de 2025, ECLI:ES:TS:2025:5626, ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el sindicato Corriente Sindical de Izquierdas (CSI) contra la sentencia de la Audiencia Nacional que declaraba la legalidad del artículo 24, párrafo b), del convenio colectivo de Saint Gobain Cristalería SL. Este fallo reafirma la validez de las disposiciones relativas a la escala de consolidación profesional y salarial para los trabajadores de nuevo ingreso en la empresa, estableciendo que dichas diferencias retributivas están justificadas por motivos objetivos y razonables.

Para el TS, la doble escala salarial está justificada por la existencia de un sistema de consolidación de niveles que aúna formación, experiencia y evaluación en cada uno de ellos con un plazo máximo de permanencia. 

Contexto del caso

El conflicto surgió a raíz de la demanda presentada por el sindicato CSI, que solicitaba la nulidad del artículo 24 del convenio colectivo de Saint Gobain Cristalería SL, argumentando que este establecía una doble escala salarial discriminatoria basada en la fecha de ingreso de los trabajadores. Según el sindicato, esta disposición vulneraba el principio de igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española y el artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores, al imponer diferencias salariales entre empleados que desempeñan el mismo trabajo.

La Audiencia Nacional, en su sentencia de noviembre de 2023, desestimó la demanda del sindicato, concluyendo que las diferencias retributivas previstas en el convenio colectivo estaban justificadas por la necesidad de formación práctica y progresión profesional de los trabajadores de nuevo ingreso. CSI recurrió esta decisión ante el Tribunal Supremo, que ahora ha ratificado la postura de la Audiencia Nacional.

Fundamentos de la decisión del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha analizado en profundidad los argumentos del sindicato recurrente y las disposiciones del convenio colectivo, concluyendo que las diferencias salariales establecidas en el artículo 24 no constituyen una doble escala salarial contraria a derecho. Según la sentencia, estas diferencias están vinculadas a un itinerario formativo y profesional que los trabajadores deben completar para adquirir las competencias necesarias para desempeñar sus funciones en la empresa.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha destacado que el convenio colectivo establece una escala de consolidación profesional que incluye un proceso de formación y evaluación progresiva. Este itinerario formativo, que se desarrolla en diferentes niveles profesionales, tiene como objetivo garantizar que los trabajadores adquieran las habilidades y conocimientos necesarios para desempeñar sus funciones de manera adecuada. Además, el tribunal ha subrayado que las diferencias retributivas entre los niveles están directamente relacionadas con el grado de cualificación y experiencia de los empleados, lo que constituye una justificación objetiva y razonable.

Jurisprudencia aplicable

El Tribunal Supremo ha fundamentado su decisión en la doctrina consolidada sobre la doble escala salarial, que establece que las diferencias retributivas entre trabajadores solo son admisibles si están justificadas por motivos objetivos y razonables. En este sentido, la sentencia cita numerosos pronunciamientos anteriores, como las SSTS 1102/2024 y 780/2025, que han abordado casos similares y han reafirmado que las diferencias salariales basadas en la fecha de ingreso en la empresa son lícitas siempre que respondan a una causa justificativa proporcional y razonable.

Asimismo, el tribunal ha recordado que el principio de igualdad no implica un tratamiento idéntico en todos los casos, sino que permite diferencias de trato cuando estas están justificadas por circunstancias objetivas. En el caso de Saint Gobain Cristalería SL, la escala de consolidación profesional está diseñada para garantizar que los trabajadores de nuevo ingreso adquieran las competencias necesarias para desempeñar sus funciones, lo que justifica las diferencias retributivas durante el periodo de formación.

La sentencia del Tribunal Supremo confirma la legalidad del artículo 24 del convenio colectivo de Saint Gobain Cristalería SL, estableciendo que las diferencias salariales entre los trabajadores de nuevo ingreso y los empleados con mayor antigüedad están justificadas por motivos objetivos y razonables. Este fallo refuerza la importancia de la formación y la progresión profesional en el ámbito laboral, destacando que las diferencias retributivas pueden ser lícitas cuando están vinculadas a la adquisición de competencias y experiencia.

 









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