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No puede usarse una cláusula ambigua de convenio para convertir un plus de transporte extrasalarial en salarial y así absorber o engrosar la subida del SMI.
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Ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2024

El pasado 4 de marzo de 2025 se publicó en el BOE el Extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2025, con el objeto de otorgar ayudas para el abandono de la profesión de los transportistas de edad avanzada del sector del transporte público por carretera. En esta ocasión el presupuesto total de la convocatoria asciende a 9.780.000,00 euros.

El plazo para presentar solicitudes es de un mes desde la publicación en el BOE, es decir 04/05/2025.

Las bases reguladoras de estas ayudas se encuentran en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre (modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 noviembre y por la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero).

La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

En primer lugar, se dará preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista; en cuanto a los demás beneficiarios se elaborará una relación de posibles beneficiarios por orden descendente de edad. Las ayudas se otorgarán a los que ocupen los primeros lugares en la relación de beneficiarios así elaborada.

El plazo para resolver y publicar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.

  • Para cualquier consulta o aclaración se ha creado el buzón: abandono.sgaitt@transportes.gob.es

 









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