La Seguridad
Social ha rectificado el criterio aplicado desde el 1 de enero de 2026 al
cálculo de determinadas jubilaciones anticipadas y ha restablecido, con efectos
retroactivos desde esa fecha, la disposición transitoria 34ª de la Ley General de la Seguridad Social. La corrección,
formalizada en una resolución de 24 de marzo de 2026 del secretario de
Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, afecta a las
jubilaciones anticipadas cuya pensión inicial sea superior a la pensión máxima
y busca evitar el recorte aplicado “de golpe” en lugar de las penalizaciones
progresivas pactadas en la reforma de pensiones de 2021.
El cambio ha
sido comunicado también a través de un aviso incorporado al simulador
de jubilación de la Seguridad Social. En ese mensaje, el organismo
informa de que vuelve a ser de aplicación, con carácter retroactivo desde el 1
de enero de 2026, la citada disposición transitoria 34ª, al tiempo que advierte
de que sigue trabajando para adaptar el simulador a los nuevos criterios de
cálculo. Hasta que esa actualización se complete, añade, los cálculos de
jubilaciones anticipadas afectadas por esa disposición pueden no ser correctos.
La resolución
llega después de la controversia generada por la aplicación desde comienzos de
año de unas penalizaciones previstas para 2033 a trabajadores que acceden a la
jubilación anticipada y tienen derecho a la pensión máxima. Según la
información difundida por la propia Seguridad Social en una nota interna, y de
acuerdo con un oficio de 25 de marzo de la Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social, deben volver a aplicarse los coeficientes
reductores pactados con sindicatos y patronal en la reforma de 2021,
desarrollados en la disposición transitoria 34 de la ley.
El conflicto se
centra en los coeficientes reductores aplicables a quienes adelantan
voluntariamente su jubilación y, por sus cotizaciones, tendrían derecho a la
pensión máxima. En la reforma de pensiones de 2021 se acordó que esa
penalización aumentara de forma progresiva entre 2024 y 2033, al entenderse que
hasta entonces el ajuste era en la práctica inferior al soportado por
trabajadores con salarios más bajos. Sin embargo, a finales del año pasado, la
Seguridad Social comunicó en la página web de su simulador que esos
coeficientes progresivos dejaban de aplicarse desde el 1 de enero.
Desde
entonces, el organismo venía aplicando directamente las penalizaciones
previstas para 2033. Según el texto aportado, ese cambio suponía un aumento
repentino de los recortes para los perceptores de la pensión máxima que optaban
por la jubilación anticipada. En el caso más extremo, el recorte
adicional podía alcanzar los 400 euros mensuales. Entre los afectados
citados figura Íñigo Pastor, que señaló que en su caso la reducción podía
traducirse en 300 euros menos al mes cuando se jubile en los próximos meses al
cumplir 63 años, en el contexto de una prejubilación acordada en su empresa.
La rectificación
se produce tras la presión sindical y después de un análisis de los
servicios jurídicos de la Seguridad Social. Según se indica, ese
análisis concluyó que la aplicación inmediata del recorte previsto para 2033
constituía “un perjuicio para los potenciales beneficiarios”. A partir de esa
valoración, el secretario de Estado dictó la resolución del 24 de marzo para
recuperar los coeficientes progresivos, con el correspondiente oficio posterior
de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
CCOO y UGT
habían manifestado su rechazo al nuevo criterio y llegaron a
condicionar cualquier negociación con el Ministerio de Seguridad Social a la
corrección de esa interpretación, que consideraban contraria a lo pactado en
2021, así como al desbloqueo de la jubilación parcial de los empleados
públicos. Tras conocerse la rectificación, ambas organizaciones han valorado
positivamente la decisión del Ministerio en un comunicado conjunto.
En esa
valoración, los sindicatos expresan además su expectativa de que “en breve se
resuelva también la plena aplicación y el ejercicio efectivo del derecho a la
jubilación parcial, en los términos acordados en 2024, con la mejora de
regulación para las personas jubiladas parciales y la mejora de la calidad del
empleo de las personas que entran como relevistas, para las y los empleados
públicos”. Añaden que esa solución debe alcanzar tanto al personal laboral como
a “la extensión al personal funcionario y estatutario”.
Uno de los
aspectos más relevantes de la resolución es su alcance sobre las
pensiones ya reconocidas desde principios de año. La nota informativa de la
Seguridad Social subraya expresamente que la resolución “tiene efectos
retroactivos desde el 1 de enero de 2026”, por lo que también se aplicará a las
pensiones concedidas en lo que va de ejercicio a las que se hubiera impuesto un
recorte mayor en su cuantía. El documento precisa además que la Subdirección
General de Gestión de Prestaciones emitirá instrucciones sobre la forma de
proceder en esos supuestos.
Según fuentes
del Ministerio de Seguridad Social, el ajuste se realizará de oficio
por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, sin necesidad de que
los pensionistas presenten una solicitud. Esas mismas fuentes sostienen
que la modificación en el simulador estará operativa en pocos
días. Hasta entonces, la propia Seguridad Social mantiene el aviso
de que los cálculos de las jubilaciones anticipadas afectadas por la
disposición transitoria 34ª pueden no reflejar aún el criterio corregido.