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Restablecida la DT 34ª para jubilaciones anticipadas con pensión máxima desde 2026

Rectificación del cálculo en jubilación anticipada máxima

La Seguridad Social ha rectificado el criterio aplicado desde el 1 de enero de 2026 al cálculo de determinadas jubilaciones anticipadas y ha restablecido, con efectos retroactivos desde esa fecha, la disposición transitoria 34ª de la Ley General de la Seguridad Social. La corrección, formalizada en una resolución de 24 de marzo de 2026 del secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, afecta a las jubilaciones anticipadas cuya pensión inicial sea superior a la pensión máxima y busca evitar el recorte aplicado “de golpe” en lugar de las penalizaciones progresivas pactadas en la reforma de pensiones de 2021.

El cambio ha sido comunicado también a través de un aviso incorporado al simulador de jubilación de la Seguridad Social. En ese mensaje, el organismo informa de que vuelve a ser de aplicación, con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026, la citada disposición transitoria 34ª, al tiempo que advierte de que sigue trabajando para adaptar el simulador a los nuevos criterios de cálculo. Hasta que esa actualización se complete, añade, los cálculos de jubilaciones anticipadas afectadas por esa disposición pueden no ser correctos.

La resolución llega después de la controversia generada por la aplicación desde comienzos de año de unas penalizaciones previstas para 2033 a trabajadores que acceden a la jubilación anticipada y tienen derecho a la pensión máxima. Según la información difundida por la propia Seguridad Social en una nota interna, y de acuerdo con un oficio de 25 de marzo de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, deben volver a aplicarse los coeficientes reductores pactados con sindicatos y patronal en la reforma de 2021, desarrollados en la disposición transitoria 34 de la ley.

El conflicto se centra en los coeficientes reductores aplicables a quienes adelantan voluntariamente su jubilación y, por sus cotizaciones, tendrían derecho a la pensión máxima. En la reforma de pensiones de 2021 se acordó que esa penalización aumentara de forma progresiva entre 2024 y 2033, al entenderse que hasta entonces el ajuste era en la práctica inferior al soportado por trabajadores con salarios más bajos. Sin embargo, a finales del año pasado, la Seguridad Social comunicó en la página web de su simulador que esos coeficientes progresivos dejaban de aplicarse desde el 1 de enero.

Desde entonces, el organismo venía aplicando directamente las penalizaciones previstas para 2033. Según el texto aportado, ese cambio suponía un aumento repentino de los recortes para los perceptores de la pensión máxima que optaban por la jubilación anticipada. En el caso más extremo, el recorte adicional podía alcanzar los 400 euros mensuales. Entre los afectados citados figura Íñigo Pastor, que señaló que en su caso la reducción podía traducirse en 300 euros menos al mes cuando se jubile en los próximos meses al cumplir 63 años, en el contexto de una prejubilación acordada en su empresa.

La rectificación se produce tras la presión sindical y después de un análisis de los servicios jurídicos de la Seguridad Social. Según se indica, ese análisis concluyó que la aplicación inmediata del recorte previsto para 2033 constituía “un perjuicio para los potenciales beneficiarios”. A partir de esa valoración, el secretario de Estado dictó la resolución del 24 de marzo para recuperar los coeficientes progresivos, con el correspondiente oficio posterior de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

CCOO y UGT habían manifestado su rechazo al nuevo criterio y llegaron a condicionar cualquier negociación con el Ministerio de Seguridad Social a la corrección de esa interpretación, que consideraban contraria a lo pactado en 2021, así como al desbloqueo de la jubilación parcial de los empleados públicos. Tras conocerse la rectificación, ambas organizaciones han valorado positivamente la decisión del Ministerio en un comunicado conjunto.

En esa valoración, los sindicatos expresan además su expectativa de que “en breve se resuelva también la plena aplicación y el ejercicio efectivo del derecho a la jubilación parcial, en los términos acordados en 2024, con la mejora de regulación para las personas jubiladas parciales y la mejora de la calidad del empleo de las personas que entran como relevistas, para las y los empleados públicos”. Añaden que esa solución debe alcanzar tanto al personal laboral como a “la extensión al personal funcionario y estatutario”.

Uno de los aspectos más relevantes de la resolución es su alcance sobre las pensiones ya reconocidas desde principios de año. La nota informativa de la Seguridad Social subraya expresamente que la resolución “tiene efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2026”, por lo que también se aplicará a las pensiones concedidas en lo que va de ejercicio a las que se hubiera impuesto un recorte mayor en su cuantía. El documento precisa además que la Subdirección General de Gestión de Prestaciones emitirá instrucciones sobre la forma de proceder en esos supuestos.

Según fuentes del Ministerio de Seguridad Social, el ajuste se realizará de oficio por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, sin necesidad de que los pensionistas presenten una solicitud. Esas mismas fuentes sostienen que la modificación en el simulador estará operativa en pocos días. Hasta entonces, la propia Seguridad Social mantiene el aviso de que los cálculos de las jubilaciones anticipadas afectadas por la disposición transitoria 34ª pueden no reflejar aún el criterio corregido.










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