Los autónomos
que están en módulos pueden reducir entre un 20% y un 35% su declaración
de la RENTA. Además, no tendrán que pagar por los días que estuvieron
cerrados.
La campaña de la
RENTA 2020 presenta una serie de novedades para los autónomos que tributan en estimación objetiva o
módulos. A lo largo del año pasado, el Gobierno aprobó varias medidas
dirigidas a aliviar la carga tributaria de los trabajadores por cuenta propia
que operan bajo este sistema y que se harán visibles a partir del próximo 7 de
abril, cuando se inicie la campaña de la RENTA de este año. Según los asesores
fiscales consultados, muchos van a pagar menos IRPF que otros ejercicios.
Los autónomos
llamados moduleros parten desde una posición particular para hacer
frente a la emergencia sanitaria y es su sistema de tributación. Ellos no pagan más
impuestos cuando tienen más beneficios, pero tampoco pagan menos por tener más
pérdidas, porque su sistema se basa en una tarifa reglada, que varía en función
de los metros del local, empleados, maquinaria, etc. Esto, que les permite
tributar de manera más sencilla sin llevar cuenta de los ingresos y de los
gastos, les perjudica en estos momentos de crisis económica, en la que la
mayoría de ellos han sufrido pérdidas.
Conscientes de
esta singularidad, el Ejecutivo ha ido aprobando una batería de medidas
fiscales específica para estos autónomos en módulos. De tal forma
que peluquerías, carpinterías, taxistas, transportistas, tiendas o bares,
entre otros sectores, podrán notar estas novedades en su declaración de la
RENTA 2020.
Novedades en
la RENTA para los autónomos en módulos
En una guía
sobre las novedades que tendrá la campaña de la RENTA 2020 para los
contribuyentes, el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha)
advierte sobre las diferentes “modificaciones normativas a tener en cuenta
para la disminución de ingresos provocada por la pandemia a los empresarios en
módulos (estimación objetiva en IRPF y régimen simplificado de IVA)”. En
concreto, las novedades tributarias para este colectivo son tres:
No se pagarán
IRPF por los días en que estuvieron cerrados
Una de las
principales novedades que tienen los autónomos en estimación objetiva es
que no van a tener que tributar por aquellos días en los que sus negocios
estuvieron cerrados por voluntad de una autoridad competente. El Real
Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para
apoyar la economía y el empleo, establece que “no computarán, en cada trimestre
natural, como días de ejercicio de la actividad, los días naturales en los que
hubiera estado declarado el estado de alarma en dicho trimestre”.
De esta forma,
sólo se contarán los días del trimestre en el que se haya desarrollado la
actividad con normalidad para realizar el cálculo del pago fraccionado de IRPF
en módulos. Lo mismo para el cálculo de los ingresos a cuenta para el IVA
en régimen simplificado.
Según el
director del Gabinete de Estudios de la Asociación Española de Asesores
Fiscales (AEDAF), Arturo Javier Jiménez, la medida va a tener un impacto
importante sobre los trabajadores por cuenta propia afectados. “Con todo este
tipo de medidas, el Gobierno busca aliviar la carga tributaria de estos
empresarios que están en módulos, y en muchos casos se va a conseguir”
afirmó este experto.
Reducción de
entre 20% y el 35%
Asimismo, otra
de las novedades de la RENTA para los autónomos en módulos es una reducción mínima del 20%,
que puede ascender hasta el 35% en algunos sectores especialmente afectados por
la emergencia sanitara. El Gobierno aprobó una disminución del IRPF
para todos los autónomos en módulos, según explicó la portavoz del Gobierno y
ministra de Hacienda, María Jesús Montero, el objetivo de la medida es
facilitar que los moduleros “puedan hacer frente a esa realidad que son sus
costes fijos”.
Así, el Real
Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes y en materia
tributaria de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio
contempla una reducción de carácter general al 20%, porcentaje que se
eleva hasta 35% para actividades vinculadas al sector turístico, la hostelería
y el comercio. “Además, el nuevo importe de la reducción se tendrá en
cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos del cuarto pago
fraccionado correspondientes al ejercicio 2020 y para el primer pago
fraccionado de 2021” detalla la norma.
Según avanzó la
titular de Hacienda, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros en
el que se aprobó la medida el pasado 21 de diciembre, la reducción “va a tener
una factura fiscal de 117 millones de euros. Tendrá efecto ya en el cuarto pago
fraccionado de 2020 y en el primer pago de 2021” detalló Montero.
No obstante, y
pese al posible impacto de alivio tributario que supongan ambas medidas,
el experto fiscal Arturo Javier Jiménez reconoció que no será para todos los
autónomos de módulos igual. “A aquellos que hayan podido abrir y obtener algún
ingreso les irá mejor que a aquellos que han estado más tiempo cerrados y
para los que toda ayuda es poca. El efecto que tengan estas medidas
fiscales va a depender también del sector, del territorio en el que ejerzan la
actividad y de las decisiones autonómicas de cierre implementadas sobre los
negocios” apuntó.
Podrán hacer
la declaración casi de forma automática
La última
novedad para los autónomos se conoció el pasado jueves 18 de marzo, cuando
Hacienda publicó una Orden para simplificar los trámites de los autónomos en
régimen tributario de módulos a la hora de rellenar el borrador de la
declaración. La Administración da la posibilidad de que estos trabajadores por
cuenta propia puedan trasladar directamente a las casillas del borrador todos
los datos que recogen sus libros de registros.
De esta
forma, se habilita a los casi 500.000 autónomos que se encuentran en módulos hacer la declaración de la RENTA casi de forma
automática, la única condición es que tengan sus libros de registro en el
formato que ofrece la Agencia Tributaria. Según el documento, por primera
vez y de forma voluntaria los declarantes de actividades económicas -autónomos
y trabajadores por cuenta ajena que desarrollen alguna actividad por cuenta
propia- tendrán la posibilidad de trasladar directamente esos ingresos a su
modelo de la declaración de la RENTA. Lo que facilitará el cumplimiento
enormemente y su adaptación a las anteriores novedades.
Fuente: Gestha